Reunión familiar

Visa/residencia que permite la entrada y permanencia de familiares de refugiados, brasileños o migrantes residentes en Brasil.

¿Qué es? 

Es el tipo de visa/residencia que permite la entrada y permanencia de familiares de refugiados, brasileños o migrantes residentes en Brasil, siempre que se acredite el grado de parentesco, respetando los límites de la legislación. 

Se otorga a los cónyuges, familiares hasta el segundo grado y en casos de dependencia económica comprobada a hijastros y hermanos, según la edad. Pueden solicitarlo los migrantes y refugiados residentes en Brasil.

En el caso de los refugiados, el grado de parentesco aceptado es más amplio y el proceso comienza en Brasil directamente en el CONARE. En el caso de brasileños y migrantes residentes en Brasil, el proceso comienza en el Consulado de Brasil donde residen los solicitantes.

¿Cómo solicito la visa/residencia Reunião Familia? 

En este proceso, al familiar que se encuentra en Brasil se le conoce como “llamante”, mientras que al que desea residir en Brasil se le define como “llamado”.

La solicitud debe ser completada en el sitio web de la Policía Federal (PF), impresa y firmada por el migrante o “llamante” brasileño. Junto con otros documentos, deberá ser enviado al familiar en el país en el que se encuentre para luego presentar la solicitud y los documentos solicitados ante la autoridad Consular competente.

Documentos e información importantes. Los principales documentos solicitados son:

  1. Documentos que acrediten el vínculo entre el familiar “llamado” y el “llamante”, como certificados de nacimiento, matrimonio o unión estable. 
  2. Certificado de antecedentes penales emitido por el país de origen y países donde haya residido en los últimos 12 meses;
  3. Comprobante de pago de tasas consulares, entre otros.

Es importante resaltar que un familiar “llamado” no puede ser un familiar “llamante” en un nuevo proceso de reunificación familiar, ya que existe una limitación al derecho a la reunificación familiar, la cual no se extiende a la persona que tiene visa. /residencia en función del reencuentro familiar. En definitiva, alguien regularizado a través de una reunión familiar no puede utilizar la reunión familiar para favorecer a otros familiares. 

Si bien la Policía Federal brinda una extensa lista de documentación necesaria, también advierte que, dependiendo del caso, es posible que se soliciten documentos que no figuran en la lista.

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